ACCESIBILIDAD para personas con discapacidad auditiva durante el PROCESO ELECTORAL local de 2015

Los miembros de las mesas electorales velarán por que los electores con discapacidad puedan ejercer su derecho de voto con la mayor autonomía posible adoptando para ello los ajustes razonables que resulten necesarios.

En el caso de que alguno de los miembros de la mesa posea discapacidad auditiva, podrán solicitar a la Junta Electoral de Zona,  por escrito y en plazo de 7 días desde la notificación de su nombramiento, los siguientes servicios:

- Servicio gratuito de bucle de inducción magnético en la Mesa electoral para personas con discapacidad auditiva (usuarios de prótesis auditivas) que hayan sido designados miembros titulares de Mesa electora.

- Servicio gratuito de interpretación de lenguaje de signos para personas con discapacidad auditiva (usuarias de lenguaje de signos) que hayan sido designados miembros de la Mesa electoral (tanto titulares, como suplentes).

 

eleciones

Imprimir